Todo lo que necesitas saber sobre devoluciones de impuestos, explicado de forma simple.
Pueden solicitar devolución:
Entre 30 y 60 días hábiles desde que entregas todos los documentos. Incluye: revisión inicial (3–5 días), documentación (5–7 días), radicación DIAN (3–5 días), proceso DIAN (15–40 días), y depósito en tu cuenta (3–5 días adicionales).
Sí. Puedes reclamar de los últimos 3 años fiscales (2022, 2023 y 2024) simultáneamente. El año 2022 tiene prescripción próxima — actúa cuanto antes para no perder ese derecho definitivamente.
Básicos: certificado laboral, certificado de Retefuente, cédula y datos bancarios. Adicionales según deducciones: facturas médicas, certificados educativos, certificado hipotecario, o factura de compra del vehículo (para EV/híbridos).
El régimen completo se basa en:
Plazo: 5 años desde la factura (art. 2536 Código Civil).
El certificado UPME es el documento que emite la Unidad de Planeación Minero-Energética acreditando que tu vehículo califica como medida de Gestión Eficiente de la Energía bajo la Ley 1715. Sin ese certificado, la DIAN no autoriza la devolución ni la deducción en renta. Nosotros lo gestionamos en 10–15 días hábiles típicos (máximo legal: 30 hábiles).
Sí, las tres categorías reconocidas por el Concepto DIAN 013853 de 2025:
Si tienes dudas, envía la factura y validamos viabilidad sin costo.
La UPME habilita dos ciclos al año:
Si pierdes una ventana, esperas al siguiente ciclo — meses de retraso. Recomendamos iniciar mínimo 45 días antes del cierre.
Sí, con dos condiciones: factura posterior al 10 de julio de 2021 (Ley 2099) y menos de 5 años desde la factura (art. 2536 Código Civil). Si compraste en 2022, 2023, 2024 o 2025, todavía estás dentro del plazo — pero el reloj corre.
Persona natural: 100% del IVA + 50% deducción en renta (hasta 15 años) + 60% descuento impuesto vehicular en Bogotá.
Persona jurídica: 100% del IVA + 50% renta + depreciación acelerada 33.33% en 3 años.
Importador: Exclusión arancelaria 100% y de IVA en importación.
Sí, pero depende de quién figure como pagador del IVA en la factura electrónica. Revisamos tu contrato antes de empezar para que el beneficio se aplique al titular correcto y de la forma más eficiente.
Sí. Gestión por lote con interlocutor único, reportería consolidada y tarifas corporativas. Aplica la depreciación acelerada del 33.33% para personas jurídicas. Escríbenos por WhatsApp con la cantidad de vehículos.
No es un obstáculo definitivo. La factura electrónica queda registrada en la DIAN y el Ministerio de Transporte. Katherine puede obtener copias certificadas o documentos equivalentes válidos para la solicitud.
Comisión del 10% únicamente sobre el valor que efectivamente recibas de la DIAN. Si no hay devolución, no pagas absolutamente nada. Sin costos adelantados, sin honorarios de consulta.
Analizamos la respuesta, evaluamos si es viable presentar un recurso y lo presentamos sin costo adicional. No pagas nada si no hay resultado positivo. El 95% de nuestros casos son exitosos en primera instancia.
Absolutamente sí. Es un derecho constitucional contemplado en el Estatuto Tributario colombiano. No hay nada cuestionable en solicitar la devolución de lo que pagaste de más — es dinero tuyo.
No. Es un proceso estándar y normal ante la DIAN. No genera alertas automáticas ni aumenta la probabilidad de fiscalización. La DIAN simplemente verifica, aprueba y gira el dinero.
Sí. Datos y documentos protegidos con cifrado de 256 bits. Solo usamos tu información para gestionar tu proceso ante la DIAN. Nunca compartimos datos con terceros.